Ética (fragmento)Eduardo García Máynez
Ética (fragmento)

"La ley moral ha de ser autónoma, pero la voluntad que la crea sólo debe someterse a máximas susceptibles de ser convertidas en normas de universal observancia. ¿Cómo conciliar la doctrina del origen subjetivo de la legislación ética con la tesis universal de su valor?
Si el enunciado Kantiano exige de nosotros que la máxima de la acción pueda ser elevada, por nuestra voluntad a la categoría de ley de universal observancia, el principio de la autonomía resulta considerablemente restringido, ya que sólo será posible elegir aquellas máximas que valgan objetivamente para todo ser racional. Ello significa que la universalidad de las normas éticas no deriva de la voluntad del obligado, sino que se impone a éste, independientemente de lo que en cada caso concreto pueda querer. ¿No resulta entonces que tales normas aparecen ante el albedrío humano como una instancia heterónoma y, por ende, como negación del principio de la autonomía?
Kant pretendió resolver la dificultad recurriendo a la distinción entre voluntad pura y voluntad empírica.
El origen de la legislación moral no está, según el filósofo de Koenigsberg, en la voluntad empírica, sino en una voluntad pura, legisladora infalible de la conducta humana. El querer empírico se halla sujeto a múltiples motivos de determinación. Algunas veces, cumple con el deber por el deber mismo, otras, obra conformemente a éste, pero movido por un interés egoísta; otras más, por último, hace precisamente lo contrario de lo que el deber prescribe. Al lado del único móvil moralmente valioso (que consiste, según hemos dicho, en el cumplimiento del deber por el deber mismo), admite Kant un conjunto de tendencias o motivos "patológicos", a los que da la denominación genérica de "inclinaciones".
A diferencia del querer empírico, la voluntad pura sólo puede obrar "por deber". Se trata de una voluntad no sujeta a influencias de orden sensible, es decir, de una voluntad que se determina a sí propia siempre; de acuerdo con principios racionales. Esta voluntad incapaz de obedecer a motivos empíricos de determinación es la legisladora de nuestra conducta, y sólo a través de ella puede concebirse la realización de las dos exigencias planteadas por el imperativo categórico: la de autonomía, por una parte, y la de universalidad, por la otra. "



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