La utopía en América (fragmento)Vasco de Quiroga
La utopía en América (fragmento)

"Y también pienso que deben entrar y entran en esta cuenta todos los que son vendidos por sus padres, madres y deudos, que son casi toda la suma de los que hoy entre ellos hay, porque son del mismo jaez y condición, que ni pierden ingenuidad ni libertad de las personas, ni tienen servidumbre alguna asentada sobre ellos, salvo solamente sobre sus obras, que así alquilan y venden, y pueden muy
bien vender y alquilar, que se llama en derecho alquiler o venta de trabajo, que se asientan sobre las obras y no sobre las personas, las cuales ellos entre sí unos con otros fácilmente trocan y cambian, venden y compran y revenden, y por muy poco precio, como cualquier otra mercadería, y sin recibir pesadumbre ni pena de ello, porque como la ingenuidad y libertad y lugar y familias, casas e hijos y haciendas se les queden y lo retengan, todo lo demás que es sus obras o la parte de ellas que pueden excusar, además de las que han menester para la sustentación de su familia, lo estiman en poco y hacen poco caso de ello, y así fácilmente y sin recibir mucha pesadumbre lo venden, cambian y trocan; y de aquí procede tener en poco venderse y servir como se venden y sirven, y no de ser apocados ni tener en poco sus libertades, pues vemos que con tanta instancia y lágrimas las piden y vindican de quien se las tiene tiranizadas en achaque de estos alquileres que entre sí hacen.
Y también sólo el padre puede vender el hijo en tiempo de necesidad, y aun entonces, no para que el hijo pierda la ingenuidad, sino para que también, como cosa de alquiler o prenda, lo retenga el comprador, hasta que vuelva el padre o el hijo u otra cualquier persona lo que costó, o el interés, como lo dice la suma de leyes ya dicha, y como estos naturales muchas veces lo hacían, que vendían a sus hijos muy pequeños, como por prenda de lo que así recibían de sus
acreedores, y servían los padres por los hijos a los que así de ellos los compraban, y aun a veces toda la parentela; por donde parece tenerse intento en esto a las obras y no a las personas, y asentarse esta manera de servidumbre sobre las obras y no sobre las libertades de las personas ni en perjuicio de ellas; y, aunque las madres u otros deudos los vendiesen por vía de venta que se asentase sobre las personas y libertades de ellas, no valdría la tal venta, aunque podría valer por esta vía de alquiler o venta de obras a perpetuidad con las dos condiciones ya dichas, y consintiéndolo el alquilado, y teniendo edad para lo consentir o teniendo poder sobre el alquilado el que así lo alquilase, como lo tiene el padre, aunque no entre gente bárbara como esta y como lo dice el parágrafo Jus autem potestatis... o alquilándose él; las cuales maneras parece que hayan tenido y tengan estos naturales entre sí para servirse unos de otros, en defecto de la otra mejor manera de alquilarse a tiempo cierto, que nosotros tenemos y usamos entre nosotros; la cual ellos no tenían ni usaban entre sí ni habían hallado hasta ahora que se les ha dicho, y les parece muy bien y la han alabado y dicen que la quieren usar entre sí; porque tiene esta gente esto muy bueno, entre algunas otras cosas buenas que tienen, que saben conocer muy bien lo que es bueno y estimarlo y alabarlo por tal. "



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